¿Quién paga la plusvalía si vendemos una vivienda del Plan 18.000 en Madrid?

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Si estás pensando en vender una vivienda acogida al Plan 18.000 en Madrid, es importante conocer cómo funciona el impuesto de la plusvalía municipal (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, IIVTNU). Independientemente de si has adquirido o no el suelo, la obligación de pagar este impuesto recae sobre el vendedor.

Consideraciones específicas del Plan 18.000

Las viviendas del Plan 18.000 pueden tener particularidades en cuanto a su titularidad, ya que muchas fueron construidas en terrenos cedidos por los ayuntamientos. Aunque el suelo no sea de tu propiedad, el ayuntamiento podría calcular el impuesto sobre el incremento del valor teórico del terreno vinculado a la vivienda.

Es recomendable consultar con un asesor fiscal o el propio ayuntamiento de Madrid para confirmar los detalles de cómo afecta esta situación al cálculo de la plusvalía.

Consejos para vendedores del Plan 18.000

  • Revisa la documentación: Asegúrate de que el suelo y la vivienda están correctamente registrados.
  • Negocia con el comprador: Si deseas evitar este gasto, puedes proponer al comprador que asuma el pago del impuesto en el contrato de compraventa.

En conclusión, si vendes una vivienda del Plan 18.000 en Madrid, la obligación de pagar la plusvalía municipal recae sobre el vendedor, independientemente de si has adquirido o no el suelo. Recuerda consultar con un experto para garantizar que cumples con todas las obligaciones fiscales y evitas sorpresas desagradables.

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